El Congreso ha aprobado la Ley Rider y, según esta medida, las empresas de reparto que gestionan su labor con plataformas digitales deberán contratar a sus repartidores como asalariados antes del 12 de agosto. Desde que en septiembre de 2020 el Tribunal Supremo concluyera que los riders eran falsos autónomos, se iniciaron negociaciones entre el Gobierno, los sindicatos y la patronal. Te contamos en qué consiste esta medida.
Hace unos meses el Consejo de Ministros dio luz verde al Real Decreto-Ley 9/2021, de 11 de mayo, y ahora el Congreso ha aprobado la Ley Rider sin ninguna modificación con respecto al texto inicial. Como fue concebida como proyecto de ley, esto permitía introducir enmiendas, que finalmente han sido rechazadas. A favor de esta ley han votado PSOE, Unidas Podemos, Esquerra Republicana, EH-Bildu y Compromís, mientras que PP, Vox y Ciudadanos han votado en contra. Los populares contemplaban que los repartidores pudieran seguir siendo autónomos, que se limite el acceso de la representación de los trabajadores al algoritmo y que se exima a las empresas de pagar las cotizaciones no abonadas hasta ahora.
Con todo, los repartidores que trabajan para empresas que funcionan con plataformas digitales tendrán que ser contratados como asalariados antes del 12 de agosto. Además, la Ley Rider exige a estas compañías informar sobre cómo funciona el algoritmo que afecta a las condiciones laborales de estos trabajadores. Es preciso señalar que uno de los aspectos sobre los que se ha hecho hincapié es que la prestación de servicios no será optativa y será siempre laboral si existe dependencia, cualquiera que sea la forma en que se manifieste.
Por otra parte, la ley ha levantado polémica. Si bien la Ley Rider está diseñada para proteger social y jurídicamente a estos trabajadores, los sindicatos la consideran insuficiente porque quieren que la condición de asalariados se extienda a cualquier trabajo relacionado con plataformas digitales y no solo a repartidores. Es más, aunque algunos repartidores se han posicionado a favor de la norma, otros se han manifestado en contra porque quieren continuar siendo autónomos. Aun así, el 12 de agosto han de estar contratados como asalariados por sus empresas.